¿Qué es un convenio regulador?
Un convenio regulador de divorcio es un documento que firman ambas partes de mutuo acuerdo y en el que se establece cómo se van a regular las futuras relaciones entre dos personas que han decidido poner término a su relación de pareja.
Si hay hijos de por medio el convenio regulador establecerá la forma en que ambos progenitores se relacionarán con los hijos, y regulará de manera explícita las obligaciones económicas existentes para con ellos.
El convenio regulador se firma cuando el divorcio ha sido solicitado por ambas partes o por una de las partes con el consentimiento de la otra.
Firmar un convenio regulador garantiza que las condiciones se adapten a los detalles particulares de cada caso.
¿Es obligatorio realizar un convenio regulador?
Sí, en los casos de separación o divorcio con hijos menores, el convenio regulador es obligatorio por ley.
¿Qué ocurre si no se llega a un acuerdo en el convenio regulador?
Si los cónyuges no llegan a un acuerdo en algún punto del convenio, el juez tomará la decisión final, velando siempre por el bienestar de los hijos.
La solución judicial siempre es la más insatisfactoria, ya que es un tercero ajeno el que impone las futuras medidas.
¿Cuál es el contenido del convenio?
El contenido esencial del convenio es:
Guarda y custodia. Se define si se optará por la custodia compartida, o por la custodia exclusiva. También se estipula el régimen de visitas y comunicaciones para el progenitor no custodio.
- Patria potestad.
- Uso de la vivienda familiar. Se determina quien se quedará en la vivienda conyugal y bajo qué condiciones, o si se venderá y cómo se repartirá el dinero obtenido.
- Pensión de alimentos. Se fijará la cantidad y forma de pago.
- Distribución de bienes comunes. Se acuerda como se repartirán los bienes comunes o si se van a vender para distribuir los activos.
Otros aspectos que no son esenciales, pero si es recomendable que se incluyan en el convenio son lo relativo a la adjudicación de animales domésticos; el derecho de visitas de parientes próximos y allegados; el turno de uso de segundas viviendas; gastos extraordinarios…
¿Cómo se aprueba el convenio?
En principio, basta con que medie acuerdo de los cónyuges. Los abogados redactarán el contenido del convenio y un Juez o Notario aprobará el contenido del mismo. En ciertas situaciones, y con el fin de prevenir abusos, estas autoridades podrán denegar la aprobación del convenio.
Si el Notario deniega el convenio a los cónyuges solo les quedará la vía judicial, por ello es importante ser cuidadoso a la hora de redactar el instrumento.
Cuando existan hijos menores no será posible acudir a Notario.
Cumplimiento del convenio regulador
Una vez ratificado el convenio en el Juzgado y con informe favorable del Ministerio Fiscal, el Juez dictará sentencia de separación o divorcio de mutuo acuerdo.
Ello supone que lo pactado en el convenio regulador resulta de obligado cumplimiento, por lo que ambos progenitores deben respetar su contenido. En caso de ocurrir incumplimientos por parte de uno de ellos, el otro podrá acudir a la jurisdicción civil para ejecutar el convenio y que se obligue a la parte incumplidora a cumplir lo pactado.
¿Puede modificarse un convenio regulador?
Sí, un convenio regulador puede modificarse cuantas veces sea necesario, si se justifica porque hayan cambiado de manera permanente las condiciones de vida de uno de los ex cónyuges o las necesidades de los hijos.
El cambio debe ser sustancial y haber ocurrido por causas ajenas a la voluntad del progenitor que solicita la modificación.
La modificación puede hacerse de mutuo acuerdo, en cuyo caso se redacta un nuevo convenio regulador y se presenta ante la instancia judicial que emitió la sentencia de divorcio.
En cambio, si la modificación es solicitada por uno solo de los cónyuges, sin el consentimiento del otro, se seguirá un procedimiento judicial.
Se permite solicitar la modificación de aspectos específicos, pero no la inclusión de nuevos aspectos que no se contemplaron en el convenio original.