Régimen económico matrimonial

¿Qué es el Régimen económico matrimonial?

El régimen económico matrimonial es el conjunto de normas que viene a regular cómo los cónyuges administran y gestionan sus patrimonios (privativos o comunes), así como la forma de relacionarse con terceros ajenos al matrimonio.

El régimen económico matrimonial es el que los cónyuges han pactado en capitulaciones matrimoniales (gananciales, separación de bienes o participación).

Cuando los cónyuges no han determinado ningún régimen económico matrimonial, el Código Civil establece por defecto el régimen de gananciales, si bien hay determinadas Comunidades Autónomas que tienen su propia normativa en determinadas cuestiones relativas al derecho de familia y en entre ellas las relacionadas con el régimen económico del matrimonio.

 

¿Qué tipos de regímenes económicos matrimoniales hay?

Son tres los regímenes que recoge el Código Civil:

  • GANANCIALES: Mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán atribuidos por mitad al disolverse aquella. No obstante, en dicho régimen también existen bienes privativos de cada cónyuge como por ejemplo los bienes o derechos adquiridos antes de comenzar la sociedad o los adquiridos después por título gratuito (ejemplo: herencia).
  • SEPARACIÓN DE BIENES: Mediante el régimen de separación de bienes cada cónyuge gestiona y administra su propio patrimonio. Aunque ambos deben contribuir al sostenimiento de las cargas del matrimonio, no existe un conjunto de bienes comunes.
  • PARTICIPACIÓN: Es el menos común y es una combinación de elementos del régimen de gananciales y el de separación de bienes. Durante el matrimonio funciona como el de separación de bienes, pero al disolver el régimen cada uno de los cónyuges podrá participar en las ganancias que haya obtenido su pareja.
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