La concesión de la custodia compartida: una opción cada vez más extendida en los juzgados y tribunales de Madrid

por | Oct 28, 2016 | Derecho de familia

 

En mi experiencia, uno de los temas que más preocupan a los padres a la hora de afrontar un divorcio o de regular unas medidas paternofiliales es el tema de la custodia. En el blog de hoy vamos a dar los parámetros más actuales que siguen los Juzgados y Tribunales de Madrid.

A los clientes que acuden a nuestro despacho les informamos en función de sus circunstancias particulares, que posibilidades reales tienen de que judicialmente se les conceda uno u otro tipo de custodia. Y la regla general es que cada vez es más habitual la concesión judicial de custodias compartidas incluso en casos en que años atrás hubiera sido impensable.

Nos estamos refiriendo particularmente al caso de madres que se han dedicado exclusivamente durante muchos años al cuidado diario del menor sin apenas la participación de la figura paterna y posteriormente cuando el padre lucha la custodia compartida, muchas más veces de las previsibles se les concede la custodia compartida

¿Por qué ocurre esto?

En primer lugar, porque judicialmente cada vez resulta menos relevante la dedicación pasada a la familia y lo verdaderamente importante es la disponibilidad actual y futura para el cuidado ordinario de los hijos.

En segundo lugar, porque frente al argumento de que los hijos son muy pequeños y están naturalmente más arraigados a su madre, judicialmente se le argumenta que al ser menores tienen una mayor facilidad de adaptación. Hemos llegado al punto en que ni siquiera la lactancia materna, imposibilita el otorgamiento de una custodia compartida.

En cualquier caso, el juez siempre va a entrar a analizar las circunstancias particulares de cada caso muy especialmente a la fecha de la crisis matrimonial con el fin de salvaguardar el interés superior de los menores. Alguno de los parámetros necesarios para acordar una custodia compartida, indudablemente son: la proximidad del domicilio de cada uno de los progenitores al centro escolar, un buen horario laboral y por supuesto las pruebas periciales psicosociales y la propia voluntad de los menores mayores de 12 años manifestadas ante el Juez que pese a no ser vinculantes, tienen una enorme transcendencia en la decisión judicial.

La conclusión de nuestro blog de hoy, es que cada día es más habitual la concesión de custodias compartidas en los Juzgados y Tribunales de Madrid pero lógicamente siempre y cuando el Juez entienda que esta es la medida más beneficiosa para los menores, aunque la realidad no siempre sea así.

Rosario Guerrero Burgos

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