Qué es la pensión de alimentos

por | Jun 16, 2017 | Medidas paternofiliales

La pensión de alimentos es la obligación que nuestra legislación impone a una o a varias personas de asegurar la subsistencia de otra. En el caso de la separación o divorcio, es la obligación, con cargo a los padres, de asegurar el sustento de sus hijos, ya sea mediante la entrega de una cantidad de un cónyuge a otro, ya sea a los hijos.

La pensión de alimentos comprende todo lo necesario para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación e instrucción del alimentista, según dispone el artículo 142 del Código Civil.

Su cuantía vendrá determinada por los gastos de los hijos comunes y los ingresos de los progenitores, y para su cálculo tendremos que conocer si estamos ante una custodia exclusiva, en la cual deberán computarse los gastos de alojamiento y manutención (además de los escolares u otros que pudiera existir) para conocer la cuantía de la pensión de alimentos, o bien ante una custodia compartida, en la cual no se computan los gastos de alojamiento y manutención por cuanto los sufraga cada progenitor cuando los hijos menores estén con él, siendo en este caso los gastos escolares por mitad o en una proporción acorde al porcentaje resultante de los ingresos de cada uno de los progenitores.

Gastos ordinarios y gastos extraordinarios

La pensión de alimentos, asimismo, distingue entre gastos ordinarios y extraordinarios. Los denominados gastos ordinarios  son aquellos necesarios, habituales y previsibles, como por ejemplo en gastos escolares, la cuota de escolaridad, gastos de comedor, ruta, libros, material escolar y uniformes -por mencionar algunos-. Por su parte, los gastos extraordinarios son aquellos imprevisibles pero igualmente necesarios, como los gastos médicos no cubiertos por la seguridad social o seguro médico privado, como el dentista, óptica, logopeda, etc.

La pensión de alimentos debe otorgarse a los hijos hasta su independencia económica, si bien, la última jurisprudencia está distinguiendo la cuantía a establecer, en caso de que estemos ante hijos mayores o menores de edad, por cuanto a estos últimos hay que asegurarles todas sus necesidades.

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