Divorcio Contencioso
Si vas a iniciar un divorcio contencioso, el error más común es pensar que basta con «tener razón». No basta. Lo que importa es poder acreditarlo, presentar un plan realista y anticipar qué puede resolver (o no) un juez.
El divorcio contencioso es la vía judicial para disolver el matrimonio cuando no hay acuerdo sobre las medidas: custodia, visitas, pensiones, vivienda o reparto de bienes. No es necesario alegar causa; basta con que hayan pasado tres meses desde la boda.
Desde la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia, antes de presentar la demanda es obligatorio acudir a un MASC (método alternativo de resolución de conflictos). Si no se alcanza acuerdo, el procedimiento sigue en el juzgado.
En Zabalgo Abogados analizamos tu caso con criterio desde el inicio: qué escenario es razonable, qué prueba necesitas, qué riesgos debes evitar y qué conviene negociar antes de llegar a sentencia.
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Divorcio contencioso con hijos menores de edad
Cuando hay hijos menores, el procedimiento es siempre judicial. En un divorcio contencioso, el Juez (y el Ministerio Fiscal, cuando corresponda) velan por que las medidas relativas a los menores sean adecuadas.
En este tipo de proceso, el tribunal puede fijar, entre otras, las siguientes medidas:
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Patria potestad
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Guarda y custodia (compartida o exclusiva)
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Régimen de estancias y comunicaciones
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Pensión de alimentos y reparto de gastos extraordinarios
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Atribución del uso del domicilio familiar
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Cualquier otra medida necesaria para proteger el interés del menor
Además, pueden discutirse medidas patrimoniales entre cónyuges como:
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Pensión compensatoria, si procede
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Pensión indemnizatoria, en supuestos concretos
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Medidas provisionales y procedimiento principal
En un contencioso, es habitual que existan dos momentos:
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Medidas provisionales (si hay urgencia): para fijar un marco temporal mientras se tramita el divorcio.
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Procedimiento principal de divorcio: donde se practica la prueba con mayor profundidad y se dicta la sentencia con las medidas definitivas.
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¿Qué ocurre cuando existen discrepancias en la guarda y custodia?
Cuando existe desacuerdo relevante sobre guarda y custodia, puede solicitarse (o acordarse) prueba específica, como:
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Informe del Equipo Psicosocial: elaborado por profesionales (psicología y trabajo social) para valorar dinámicas familiares, capacidades parentales, necesidades de los menores y contexto.
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Exploración de menores: cuando los hijos tienen 12 años o, con menos, suficiente madurez. Se realiza en sede judicial, a puerta cerrada, con las garantías legalmente previstas.
Junto a ello, pueden ser relevantes otras pruebas según el caso:
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documentación económica (nóminas, IRPF, etc.) para pensiones y reparto de gastos
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comunicaciones, acuerdos previos, calendarios de cuidados, etc. (siempre con enfoque probatorio y útil)
En un contencioso, la diferencia no la marca “contarlo mejor”, sino acreditarlo mejor. La prueba es la que permite sostener una propuesta razonable de custodia, tiempos y gastos, y evitar medidas que luego sean difíciles de ejecutar o generen conflicto constante. Y siempre actuando en beneficio de los hijos menores de edad.
Por eso, además de la prueba centrada en los menores, suele ser determinante la documentación económica (IRPF, nóminas, vida laboral, extractos u otra información relevante) para que el Juzgado pueda fijar con criterio la pensión de alimentos, el reparto de gastos extraordinarios y cualquier otra medida económica vinculada a las necesidades de los hijos.
En el proceso contencioso también pueden debatirse otras medidas entre los cónyuges —como la pensión compensatoria o, en su caso, la pensión indemnizatoria—, siempre apoyadas en la prueba correspondiente. Lo que normalmente no se resuelve dentro del propio divorcio, si no hay acuerdo, es la liquidación del régimen económico matrimonial (por ejemplo, gananciales), que suele requerir un procedimiento específico aparte.
Divorcio contencioso con hijos mayores de edad
Cuando los hijos son mayores de edad, desaparecen las medidas propias de menores (patria potestad, guarda y custodia y régimen de visitas). En un divorcio contencioso, el foco suele desplazarse a las medidas económicas y patrimoniales que puedan seguir siendo necesarias.
La cuestión principal, cuando procede, es la pensión de alimentos a favor de los hijos mayores hasta que alcancen independencia económica en los términos que corresponda, además del reparto de gastos y la contribución de cada progenitor según su capacidad.
Asimismo, en función del caso, pueden discutirse medidas entre los cónyuges como la pensión compensatoria y, en supuestos concretos, la pensión indemnizatoria, siempre con la prueba económica adecuada.
En este tipo de procedimientos, la prueba suele centrarse especialmente en la situación económica y patrimonial de las partes (ingresos, estabilidad laboral, cargas, gastos, patrimonio y capacidad real de contribución), porque es lo que permite al Juzgado fijar medidas realistas y sostenibles.
Por último, si no existe acuerdo, la liquidación del régimen económico matrimonial (por ejemplo, gananciales) normalmente no se resuelve dentro del propio divorcio y puede requerir un procedimiento específico posterior.
En un divorcio contencioso con hijos mayores, el objetivo no es alargar el conflicto, sino cerrar con claridad las obligaciones económicas y las medidas patrimoniales, evitando incertidumbre y futuros litigios.