Las herencias internacionales son cada vez más frecuentes. Es habitual que una persona fallezca teniendo bienes en distintos países, que los herederos residan en Estados diferentes o que el causante tuviera una nacionalidad distinta a la de su lugar de residencia.
En este contexto, uno de los instrumentos más importantes introducidos por el Reglamento (UE) 650/2012 es el Certificado Sucesorio Europeo, creado para facilitar la acreditación de la condición de heredero y simplificar la gestión de las sucesiones transfronterizas.
En este artículo explicamos qué es el Certificado Sucesorio Europeo, cuándo resulta necesario, qué efectos tiene y cómo puede obtenerse en España.
Índice
- ¿Qué es el Certificado Sucesorio Europeo?
- ¿Para qué sirve el Certificado Sucesorio Europeo?
- ¿Cuándo se necesita el Certificado Sucesorio Europeo?
- ¿Quién puede solicitarlo?
- ¿Dónde se solicita en España?
- ¿Qué documentación suele ser necesaria?
- ¿En qué países tiene validez?
- Resumen práctico
- ¿Cuánto tiempo tiene validez?
- Diferencia con la declaración de herederos
- ¿Es obligatorio solicitarlo?
- Preguntas frecuentes
- Cómo podemos ayudarte
- Fuentes legales y recursos relacionados
¿Qué es el Certificado Sucesorio Europeo?
El Certificado Sucesorio Europeo es un documento oficial creado por el Reglamento Europeo de Sucesiones que permite acreditar, en los distintos Estados miembros participantes de la Unión Europea, la condición de heredero, legatario, albacea o administrador de la herencia.
Su principal finalidad es facilitar la tramitación de las sucesiones internacionales y evitar que los interesados tengan que iniciar procedimientos independientes en cada país donde existan bienes o derechos hereditarios.
El Certificado Sucesorio Europeo no sustituye a los documentos nacionales de cada Estado, como el testamento, la declaración de herederos o las escrituras de adjudicación de herencia. Sin embargo, constituye una herramienta de gran utilidad para acreditar derechos sucesorios en otros países de la Unión Europea.
¿Para qué sirve el Certificado Sucesorio Europeo?
Este certificado permite a los herederos y demás interesados ejercer sus derechos sucesorios en otros Estados miembros participantes sin necesidad de obtener resoluciones adicionales para cada país.
Entre otras funciones, permite:
- Acreditar la condición de heredero.
- Justificar la participación que corresponde a cada heredero en la herencia.
- Demostrar la condición de legatario con derechos directos sobre determinados bienes.
- Acreditar las facultades del albacea o administrador de la herencia.
- Inscribir bienes hereditarios en registros de otros países.
- Gestionar cuentas bancarias, inmuebles u otros activos situados en el extranjero.
¿Cuándo se necesita el Certificado Sucesorio Europeo?
El Certificado Sucesorio Europeo resulta especialmente útil cuando una herencia presenta elementos internacionales y es necesario acreditar derechos sucesorios fuera del país en el que se tramita la sucesión.
Por ejemplo, puede ser recomendable solicitarlo cuando:
- Un ciudadano extranjero residente en España fallece dejando bienes en España y en otro país de la Unión Europea.
- Un ciudadano español fallece teniendo cuentas bancarias, inmuebles o inversiones en otro Estado miembro participante.
- Los herederos residen en distintos países.
- Existen inmuebles situados en varios Estados miembros.
- Es necesario acreditar la condición de heredero ante bancos, registros o autoridades extranjeras.
No todas las herencias internacionales requieren necesariamente este certificado. Sin embargo, en muchos casos constituye el instrumento más eficaz para facilitar los trámites y evitar duplicidades.
¿Quién puede solicitarlo?
Pueden solicitar el Certificado Sucesorio Europeo las personas que necesiten acreditar su posición en una sucesión transfronteriza. En concreto, pueden pedirlo:
- Los herederos.
- Los legatarios con derechos directos sobre bienes concretos.
- Los albaceas.
- Los administradores de la herencia.
¿Dónde se solicita el Certificado Sucesorio Europeo en España?
En España, el Certificado Sucesorio Europeo puede ser expedido por los notarios competentes.
La competencia se determina, con carácter general, atendiendo al último domicilio o residencia habitual del causante, al lugar donde se encuentren los bienes hereditarios o a otros criterios aplicables según las circunstancias del caso.
La intervención notarial permite tramitar este documento de forma ágil y con plenas garantías jurídicas, especialmente cuando la sucesión afecta a varios países.
¿Qué documentación suele ser necesaria?
Cada sucesión internacional requiere un estudio específico, pero habitualmente será necesario aportar documentación como:
- Certificado de defunción.
- Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad.
- Copia autorizada del testamento o declaración de herederos.
- Documentos acreditativos de la identidad de los herederos.
- Documentación relativa a los bienes integrantes de la herencia.
- Certificados sucesorios o documentos emitidos por autoridades extranjeras, cuando proceda.
En las sucesiones internacionales es frecuente que parte de la documentación deba traducirse, legalizarse o apostillarse, especialmente cuando ha sido emitida por autoridades extranjeras.
¿En qué países tiene validez?
El Certificado Sucesorio Europeo produce efectos en los Estados miembros que aplican el Reglamento Europeo de Sucesiones. Este instrumento está pensado para facilitar la circulación de los derechos sucesorios dentro de la Unión Europea.
Sin embargo, existen excepciones importantes: Dinamarca e Irlanda no participan en este sistema. Tampoco resulta aplicable en países no pertenecientes a la Unión Europea, como Reino Unido, Estados Unidos o Suiza.
La Comisión Europea recuerda que Dinamarca e Irlanda no participan en el Reglamento Europeo de Sucesiones, por lo que los procedimientos sucesorios transfronterizos tramitados en esos países se rigen por sus propias normas nacionales.
Certificado Sucesorio Europeo: resumen práctico
| Cuestión | Respuesta |
|---|---|
| ¿Es obligatorio? | No. Su uso es voluntario, aunque puede ser muy útil en herencias internacionales. |
| ¿Sustituye al testamento? | No. No sustituye al testamento ni a la declaración de herederos. |
| ¿Dónde se utiliza? | En los Estados miembros que aplican el Reglamento Europeo de Sucesiones. |
| ¿Quién puede pedirlo? | Herederos, legatarios con derechos directos, albaceas y administradores de la herencia. |
| ¿Cuánto duran las copias? | Las copias auténticas suelen tener una validez de seis meses. |
¿Cuánto tiempo tiene validez?
Las copias auténticas expedidas del Certificado Sucesorio Europeo tienen una validez limitada, generalmente de seis meses. Si fuera necesario, pueden solicitarse nuevas copias.
Además, el certificado puede ser rectificado, modificado o retirado si posteriormente se descubren errores, aparecen nuevos datos o cambian las circunstancias sucesorias.
Certificado Sucesorio Europeo y declaración de herederos: ¿son lo mismo?
No. Aunque ambos documentos pueden estar relacionados, cumplen funciones distintas.
| Declaración de herederos | Certificado Sucesorio Europeo |
|---|---|
| Determina quiénes son los herederos cuando no existe testamento. | Acredita la condición de heredero, legatario, albacea o administrador en otros Estados miembros. |
| Es un documento nacional. | Está pensado para sucesiones con elementos transfronterizos dentro de la UE. |
| Puede ser necesaria para tramitar la herencia en España. | Facilita el ejercicio de derechos sucesorios en otros países participantes. |
Por tanto, la declaración de herederos y el Certificado Sucesorio Europeo pueden coexistir y ser complementarios.
¿Es obligatorio solicitarlo?
No. La utilización del Certificado Sucesorio Europeo no es obligatoria. El propio Reglamento Europeo de Sucesiones establece que su uso es voluntario.
Sin embargo, cuando existen bienes, cuentas bancarias, inmuebles o derechos en distintos países, suele convertirse en una herramienta muy útil para evitar trámites adicionales y facilitar la gestión de la herencia.
Preguntas frecuentes sobre el Certificado Sucesorio Europeo
¿Puede utilizarse en Reino Unido?
No. Tras el Brexit, Reino Unido no participa en el Reglamento Europeo de Sucesiones, por lo que el Certificado Sucesorio Europeo no despliega allí sus efectos como en los Estados miembros participantes.
¿Tiene validez en todos los países de la Unión Europea?
No. Aunque se trata de un instrumento europeo, Dinamarca e Irlanda no participan en este sistema.
¿Sustituye al testamento?
No. El Certificado Sucesorio Europeo no sustituye al testamento ni a la declaración de herederos. Sirve para acreditar derechos sucesorios en otros Estados miembros participantes.
¿Puede modificarse?
Sí. Si aparecen nuevos datos, se detectan errores o cambian las circunstancias sucesorias, el certificado puede ser rectificado, modificado o retirado.
¿Es necesario en todas las herencias internacionales?
No siempre. Dependerá de los países implicados, del lugar donde se encuentren los bienes y de la documentación exigida por bancos, registros o autoridades extranjeras.
Cómo podemos ayudarte desde Zabalgo Abogados
En Zabalgo Abogados contamos con amplia experiencia en sucesiones internacionales y asesoramos a nuestros clientes en la planificación y tramitación de herencias con elementos extranjeros.
La correcta utilización del Certificado Sucesorio Europeo puede simplificar numerosos trámites y facilitar la transmisión del patrimonio familiar cuando intervienen varios países.
Si necesitas asesoramiento sobre una herencia internacional, la obtención del Certificado Sucesorio Europeo o la tramitación de una sucesión con bienes en distintos países, podemos ayudarte.
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Paloma Zabalgo es abogada especialista en Derecho de Familia y Presidenta de la Sección de Familia y Sucesiones del ICAM.