Delación de la herencia

Delación de la herencia

Concepto

La delación de la herencia hace referencia a la convocatoria de las personas con derechos sobre la herencia, mediante la cual manifiestan su expresa voluntad de aceptarla o rechazarla.

Vocación hereditaria vs. delación

Como decíamos, cuando una persona fallece, primero se produce la vocación hereditaria, que es un llamamiento general y abstracto a todas las personas que, según la ley o el testamento, podrían tener derecho a la herencia. En esta etapa no se les considera todavía herederos, sino simplemente posibles beneficiarios.

La delación ocurre inmediatamente después, y consiste en el momento en que las personas llamadas manifiestan su voluntad de aceptar o repudiar la herencia, convirtiéndose así en herederos reales o quedando excluidos del proceso sucesorio. En otras palabras, mientras que la vocación es un llamamiento general a los herederos potenciales, la delación concreta ese llamamiento en personas determinadas que ejercen su derecho a aceptar o rechazar la herencia.

Efectos legales e ius delationis

Esta etapa tiene efectos legales importantes. Durante la delación, el llamado adquiere el “ius delationis”, que es el derecho a decidir sobre la aceptación o renuncia de la herencia, reconocido en el artículo 1006 del Código Civil.

Transmisión y actos de conservación

El mismo precepto también prevé la transmisión de este derecho a los herederos, si quien lo poseía fallece antes de ejercerlo.

Además, el ius delationis faculta al llamado para realizar actos necesarios para conservar los bienes hereditarios mientras decide. Al ejercer este derecho, quien acepta la herencia se convierte en heredero con todas las obligaciones y cargas asociadas —salvo que lo haga a beneficio de inventario—, mientras que quien la repudia queda fuera de la sucesión.

Ejemplo práctico

Para ilustrar esta diferencia entre vocación y delación, a efectos prácticos, vamos a suponer que una persona fallece sin testamento y tiene varios hermanos y sobrinos. La ley establece que los hermanos tienen preferencia para heredar sobre los sobrinos, pero ambos grupos tienen la expectativa jurídica (vocación: son llamados a suceder) de recibir la herencia.

Sin embargo, sólo cuando los hermanos manifiesten si aceptan o rechazan la herencia (delación), los sobrinos podrán ejercer su derecho a aceptar o repudiar si los hermanos deciden no continuar con la sucesión. Así, la delación concreta y determina quiénes finalmente serán los herederos reales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es la delación de la herencia?

Es el momento en que los llamados deciden aceptar o repudiar y, si aceptan, pasan a ser herederos efectivos.

¿En qué se diferencia de la vocación hereditaria?

La vocación es el llamamiento general a posibles herederos; la delación es la decisión concreta de cada llamado.

¿Qué es el ius delationis?

El derecho a aceptar o rechazar la herencia. Permite además realizar actos de conservación mientras se decide.

¿Se transmite el ius delationis si el llamado muere?

Sí. Si no llegó a decidir, ese derecho se transmite a sus herederos (art. 1006 CC).

¿Qué pasa si rechazo la herencia?

Quedas fuera de la sucesión y tu parte se reparte según lo previsto por el testamento o, en su defecto, por la ley.

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