Custodia monoparental

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¿Qué es la custodia monoparental?

La custodia monoparental, también llamada custodia exclusiva o unilateral, es el régimen de guarda y custodia en el que uno solo de los progenitores tiene atribuida la convivencia habitual con los hijos menores. El otro progenitor mantiene la patria potestad —salvo que se haya privado de ella judicialmente— y disfruta de un régimen de visitas, estancias y comunicaciones.

Es el modelo opuesto a la custodia compartida, en la que ambos progenitores se alternan de forma equitativa en la convivencia con los hijos.

 

 

¿Cuándo se otorga la custodia monoparental?

Los tribunales pueden acordar la custodia monoparental en distintas situaciones:

  • Por acuerdo de los progenitores: si ambos acuerdan en el convenio regulador que la custodia corresponda a uno de ellos, el juez la aprobará salvo que sea contraria al interés del menor.
  • A instancia de parte en procedimiento contencioso: cuando uno de los progenitores la solicita y el juez, valorando todas las circunstancias, estima que es el régimen más adecuado.
  • De oficio o a instancia del Ministerio Fiscal: cuando las circunstancias del caso aconsejan que la convivencia se concentre en uno solo de los progenitores para proteger al menor.

Entre las circunstancias que los jueces suelen valorar para acordar la custodia monoparental:

  • Existencia de situaciones de violencia de género o doméstica.
  • Incapacidad o falta de disponibilidad de uno de los progenitores para hacerse cargo del menor.
  • Distancia geográfica significativa entre los domicilios de los progenitores que dificulte la custodia compartida.
  • Oposición expresa y razonada del menor, en función de su edad y madurez.
  • Conflictividad extrema entre los progenitores que impida la coordinación necesaria para la custodia compartida.

 

¿Qué implica para el progenitor no custodio?

Que la custodia sea monoparental no significa que el otro progenitor pierda sus derechos. Salvo privación expresa de la patria potestad:

  • Mantiene la patria potestad compartida y participa en las decisiones importantes sobre la educación, salud y bienestar del menor.
  • Tiene derecho a un régimen de visitas que garantice el contacto regular con el hijo.
  • Está obligado al pago de la pensión de alimentos en favor del menor.

 

¿Puede modificarse?

Sí. Si las circunstancias cambian —por ejemplo, si el progenitor custodio no ejerce correctamente sus funciones o si el menor alcanza una madurez suficiente para expresar una preferencia distinta— puede solicitarse una modificación de medidas para cambiar el régimen de custodia.

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