¿Qué es el régimen de visitas internacional?
El régimen de visitas internacional regula el derecho del menor a mantener contacto regular con el progenitor que reside en un país distinto al suyo, así como el derecho de ese progenitor a relacionarse con su hijo.
Surge en situaciones de divorcio o separación con elementos transfronterizos: cuando los progenitores tienen distintas nacionalidades, cuando uno de ellos se traslada a vivir al extranjero tras la ruptura o cuando el menor reside en un país diferente al de alguno de sus progenitores.
Índice
¿Qué normas lo regulan?
El régimen de visitas internacional no se rige por una única norma. La regulación aplicable depende de los países implicados, de la residencia habitual del menor y de si existen resoluciones judiciales previas sobre responsabilidad parental.
Dentro de la Unión Europea, el Reglamento (UE) 2019/1111, conocido como Bruselas II ter, establece normas de competencia, reconocimiento y ejecución en materia matrimonial y de responsabilidad parental, incluyendo el derecho de visita.
En este ámbito, las resoluciones dictadas en un Estado miembro sobre el derecho de visita pueden ser reconocidas y ejecutadas en otros Estados miembros conforme a los mecanismos previstos por el propio Reglamento.
A nivel internacional, pueden resultar aplicables el Convenio de La Haya de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores y el Convenio de La Haya de 1996 sobre competencia, ley aplicable, reconocimiento, ejecución y cooperación en materia de responsabilidad parental y medidas de protección de los niños.
¿Cómo se organiza en la práctica?
Las visitas internacionales exigen una planificación cuidadosa, ya que normalmente implican desplazamientos entre países, organización de periodos vacacionales y coordinación entre sistemas jurídicos distintos.
Los acuerdos o resoluciones suelen incluir cuestiones como:
- Visitas periódicas del menor al país del progenitor no residente, o del progenitor al país donde reside el menor.
- Reparto de los periodos vacacionales, como verano, Navidad o Semana Santa.
- Reglas claras sobre quién asume los gastos de desplazamiento.
- Forma de entrega y recogida del menor, incluyendo aeropuertos, horarios y documentación necesaria.
- Mecanismos de comunicación regular, como videollamadas o llamadas telefónicas, cuando no haya contacto presencial.
- Protocolo para casos de enfermedad, retrasos, cancelaciones, imprevistos o dificultades en el cumplimiento.
Cuanto más concreto sea el acuerdo o la resolución, menores serán las posibilidades de conflicto en la ejecución práctica.
¿Qué pasa si uno de los progenitores incumple?
El incumplimiento de las visitas internacionales puede tener consecuencias graves, especialmente cuando afecta al retorno del menor a su país de residencia habitual o impide la relación con el otro progenitor.
Si el progenitor custodio impide injustificadamente el contacto o traslada al menor a otro país sin autorización, puede llegar a producirse un supuesto de sustracción internacional de menores, con las consecuencias legales que ello conlleva.
Si es el progenitor no custodio quien incumple las condiciones del régimen —por ejemplo, no devolviendo al menor en el plazo pactado— el otro progenitor puede acudir a los mecanismos judiciales y de cooperación internacional previstos para proteger al menor y restablecer la situación.
El traslado del menor al extranjero
Uno de los conflictos más frecuentes en el ámbito del Derecho Internacional de Familia es el traslado unilateral del menor al extranjero por uno de los progenitores sin el consentimiento del otro.
Cuando ese traslado no está autorizado y vulnera derechos de custodia o de responsabilidad parental, puede activar los mecanismos de restitución previstos en el Convenio de La Haya de 1980, siempre que resulten aplicables.
Si uno de los progenitores desea trasladarse a vivir a otro país con el hijo, en principio debe contar con el consentimiento del otro progenitor o, en su defecto, con autorización judicial. La decisión debe valorarse siempre desde el interés superior del menor.
Por qué es importante regularlo bien
En un contexto internacional, las medidas ambiguas suelen generar más dificultades. No basta con indicar que el progenitor podrá ver al menor en vacaciones o comunicarse con él de forma regular: conviene concretar fechas, gastos, traslados, documentación, horarios y mecanismos de comunicación.
Una regulación clara permite proteger el derecho del menor a mantener relación con ambos progenitores, reduce el riesgo de incumplimientos y facilita la ejecución de la resolución en otros países si fuera necesario.
Para consultar la regulación general del contacto entre hijos y progenitores, puedes visitar nuestra entrada sobre el régimen de visitas.