Divorcio de mutuo acuerdo.
Abogados de divorcio de mutuo acuerdo.
¿Qué es el divorcio de mutuo acuerdo?
Es la forma más sencilla y rápida de divorciarse: ambos cónyuges solicitan juntos la disolución del matrimonio y acuerdan en un convenio regulador cómo se organizarán los aspectos personales (custodia, visitas, pensiones) y económicos (gastos, vivienda, pensión compensatoria).
A diferencia del divorcio contencioso, evita juicios largos y reduce costes y tensiones.
Marco legal aplicable
El divorcio de mutuo acuerdo está regulado en el Código Civil (arts. 85, 87, 90 y ss.), en la Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 777) y en la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que permite el divorcio notarial.
Requisitos
- Que el matrimonio esté inscrito en el Registro Civil.
- Que hayan pasado al menos 3 meses desde la boda (salvo casos de riesgo para la vida o integridad).
- Que exista acuerdo total reflejado en un convenio regulador.
- Intervención de abogado (y de procurador si se tramita por vía judicial). Puede ser el mismo profesional para ambos si no hay conflicto.
Procedimiento judicial (con hijos menores)
Si existen hijos menores o con discapacidad, el divorcio debe hacerse en el Juzgado:
- Presentación de la demanda con el convenio regulador.
- Ratificación de ambos cónyuges ante el juez.
- Revisión del Ministerio Fiscal para proteger a los menores.
- Sentencia de divorcio que homologa el convenio y se inscribe en el Registro Civil.
Plazo orientativo: 2–4 meses según la carga del juzgado.
Procedimiento notarial (sin hijos menores)
Cuando no hay hijos menores, el divorcio puede hacerse en notaría mediante escritura pública:
- Preparar el convenio regulador y la documentación (DNI, certificado de matrimonio, etc.).
- Firma de la escritura ante notario, con asistencia letrada.
- Inscripción en el Registro Civil (la realiza el notario o las partes).
Plazo orientativo: 1–3 semanas.
Convenio regulador: contenido mínimo
- Custodia de los hijos y régimen de visitas.
- Uso de la vivienda familiar.
- Pensión de alimentos para los hijos y contribución a cargas.
- Pensión compensatoria si procede.
- Reparto de bienes y liquidación del régimen económico matrimonial.
El juez o el notario pueden pedir cambios si alguna cláusula perjudica a los menores o vulnera la ley.
Costes y honorarios
Los costes dependen de factores como si hay hijos, vivienda o bienes comunes que liquidar.
Plazos
- Vía notarial: 1–3 semanas.
- Vía judicial: 2–4 meses (puede variar).
Ventajas y desventajas
Ventajas
- Más rápido y económico.
- Reduce tensiones familiares.
- Un mismo abogado puede asistir a ambos.
- Mayor control sobre el resultado.
Desventajas
- Requiere acuerdo total; si falla, hay que ir al contencioso.
- No se puede hacer ante notario si hay hijos menores o dependientes.
Errores frecuentes y consejos
- Firmar un convenio poco claro: puede generar conflictos después.
- No regular bien la vivienda: uso, gastos, hipoteca, etc.
- Dejar horarios de visitas vagos: cuanto más detallados, menos fricciones.
- No prever cambios futuros: es recomendable incluir cláusulas de revisión.
- Aplazar la liquidación de bienes: si es posible, mejor resolver todo a la vez.
Preguntas frecuentes
¿Se puede tramitar online?
Gran parte sí, aunque la ratificación en el juzgado o la firma en notaría suele requerir presencia física. Es importante que el convenio esté bien redactado, refleje la situación existente, y evite problemas de interpretación en el futuro. Cada Convenio Regulador debe redactarse conforme a cada familia.
¿Qué pasa si una parte no cumple la Sentencia?
La Sentencia tiene fuerza ejecutiva: se puede pedir al juez su cumplimiento.
¿Puedo divorciarme sin esperar 3 meses?
Solo si existe riesgo grave para la vida o integridad del cónyuge o de los hijos.
¿El juez puede modificar el convenio?
Sí, si alguna cláusula perjudica a los menores o vulnera normas imperativas.
¿Cómo podemos ayudarte?
En Zabalgo Abogados de Familia te acompañamos en cada paso del proceso. Redactamos convenios sólidos y ajustados a la situación familiar.
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