La renuncia a la herencia, técnicamente repudiación, es la declaración por la que el llamado a heredar rechaza la herencia y se aparta de ella como si nunca hubiera sido llamado.
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Qué es repudiar una herencia
Ser llamado a una herencia no te convierte en heredero: te da la opción de serlo. Puedes aceptar o puedes repudiar, y ambas decisiones son enteramente voluntarias y libres (artículo 988 del Código Civil).
Quien repudia se coloca fuera de la sucesión con efecto retroactivo al día del fallecimiento (artículo 989). No recibe bienes, pero tampoco responde de las deudas. Por eso es la salida natural cuando el pasivo supera al activo.
Características de la repudiación
- Total: no puedes quedarte con el piso y rechazar las deudas. La herencia se acepta o se repudia entera (artículo 990).
- Pura: sin plazo, sin condiciones y sin contrapartidas.
- Irrevocable: una vez hecha no hay marcha atrás, salvo los supuestos excepcionales de vicio del consentimiento o aparición de un testamento desconocido (artículo 997).
- Expresa y formal: nunca se presume. El artículo 1008 del Código Civil exige que se haga ante notario en instrumento público.
La aceptación puede ser tácita; la repudiación, jamás. Si has dispuesto de bienes de la herencia, cobrado rentas o pagado deudas con ellos, es muy probable que ya hayas aceptado sin quererlo.
Efectos: adónde va la parte del que renuncia
La porción vacante no queda en el aire. Pasa a quienes vengan detrás según el orden aplicable: a los coherederos por derecho de acrecer, al sustituto designado en el testamento o a los herederos legales del causante. Los descendientes del que repudia no ocupan su lugar: el derecho de representación no opera en la repudiación (artículo 923).
Cuidado con la renuncia traslativa. Si renuncias «a favor de tu hermano» o a cambio de un precio, la ley entiende que has aceptado la herencia y después has donado o vendido tu parte (artículo 1000). Fiscalmente pagas dos veces. Solo la renuncia pura, simple y gratuita te deja fuera de verdad, con las consecuencias que explicamos al analizar cuándo conviene aceptar o renunciar a una herencia y su impacto fiscal. Si el llamado es un menor, la renuncia exige autorización judicial: lo detallamos en el caso de un padre que quiere renunciar en nombre de su hija.
Renunciar por miedo a unas deudas que nadie ha cuantificado es tirar un patrimonio a la basura: casi siempre existe una alternativa mejor que proteja tu propio dinero. En Zabalgo Abogados calculamos el balance real antes de firmar y te acompañamos desde el área de herencias.
Fuentes legales
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