Preterición

Zabalgo Abogados / Preterición

La preterición es el olvido u omisión de un heredero forzoso en el testamento: no se le menciona ni se le deja nada, sin desheredarlo de forma expresa. El ejemplo clásico es el hijo nacido después de otorgar el testamento.

¿Qué es la preterición?

Es no incluir en el testamento a quien tiene derecho a legítima (los llamados legitimarios): normalmente hijos y descendientes; si no los hay, padres y ascendientes; y también el cónyuge viudo con su porción de usufructo legitimario. No hay declaración de causa ni fórmula de desheredación: simplemente, no aparece.

Puede suceder por error (un hijo póstumo o desconocido) o por una decisión consciente del testador de no nombrarle sin desheredarle.

Tipos: intencional y errónea

  • Preterición intencional: el testador conocía al legitimario y, aun así, no le dejó nada ni lo mencionó. No hay causa de desheredación.
  • Preterición errónea (no intencional): el testador desconocía su existencia, creyó que había fallecido, o nació después de firmar el testamento.

Esta distinción es clave porque condiciona las consecuencias sobre el testamento.

Consecuencias legales

Dependen del tipo de preterición y de quién sea el omitido:

  • Si es intencional: en general, se mantiene el testamento. El preterido puede reclamar su legítima y se reducen las disposiciones que la perjudiquen (reducción de disposiciones inoficiosas).
  • Si es errónea: las consecuencias son más intensas. Puede anularse la institución de heredero (total o parcialmente, según el caso), y se respetan los legados y mejoras solo en la medida en que no sean inoficiosos. Es especialmente relevante cuando el omitido es hijo o descendiente. Si sospechas de nulidad, te explicamos más en nulidad del testamento.

En la práctica, si has sido preterido puedes solicitar:

  • Que te reconozcan la legítima y te la paguen en metálico o con bienes de la herencia.
  • La reducción de legados, mejoras o atribuciones que invadan tu legítima.
  • En casos de preterición errónea de descendientes, la ineficacia de la institución de heredero y la reconfiguración del reparto conforme a la ley.

Si ya se ha repartido la herencia, puedes impugnar la partición para que se rehaga conforme a tu derecho. Es importante actuar pronto, porque hay plazos y trámites que conviene no dejar pasar.

Preterición y desheredación

No son lo mismo:

  • Desheredación: es una privación expresa de la legítima, basada en una causa legal y declarada en el testamento. Si la causa no se prueba, la desheredación se tiene por injusta y el legitimario recupera, al menos, su legítima.
  • Preterición: es un olvido o silencio. No se invoca causa. Según el caso, puede bastar con pagar la legítima o llegar a anular la institución de heredero del testamento.

Si el preterido ha fallecido antes que el causante, puede operar el derecho de representación a favor de sus descendientes.

Qué hacer si te han preterido

Si estás en esta situación, da estos pasos:

  • Reúne documentación: certificado de defunción, últimas voluntades, copia autorizada del testamento, pruebas de filiación o parentesco y relación de bienes.
  • Solicita inventario (notarial o judicial) para congelar el reparto y cuantificar la legítima.
  • Reclama extrajudicialmente tu legítima y, si procede, la reducción de disposiciones inoficiosas.
  • Si no hay acuerdo, demanda la declaración de preterición y la impugnación/reequilibrio de la partición o la nulidad de la institución de heredero cuando corresponda.

¿Necesitas ayuda con tu caso? En Zabalgo Abogados estudiamos tu testamento, calculamos tu legítima y defendemos tu posición en negociación o juicio. Habla con nuestro equipo de herencias en Madrid y cuéntanos qué ha pasado.

Un testamento hecho antes de que naciera un hijo y otro que se olvida de un nieto producen efectos completamente distintos, y esa calificación —si el olvido fue intencionado o no— decide el caso entero. Es lo primero que estudiamos, porque de ahí depende si se anula la institución de heredero o solo se reduce.

La preterición se distingue de la desheredación en algo simple y decisivo: en la desheredación el testador excluye a alguien a propósito y lo dice; en la preterición, sencillamente no aparece. De esa diferencia dependen consecuencias muy distintas, y por eso conviene identificar bien ante qué se está antes de reclamar nada. Cuando el objetivo es combatir el testamento, el camino está explicado en esta guía sobre cómo impugnar un testamento; y si el testamento todavía se puede corregir en vida del testador, lo sensato es revisarlo a tiempo, que es exactamente lo que evita la mayoría de las pretericiones por error.

Solicitar consulta

Términos relacionados: heredero forzoso · desheredación · legítima · cómo impugnar un testamento

Fuentes legales

 

¿Necesitas asesoramiento?

Cada caso es único y requiere una estrategia adecuada.

Habla con una especialista en Derecho de Familia.

Cuidamos de tus intereses y los de tu familia

Contacta con nosotros y nuestro equipo de profesionales del derecho de familia te orientará en los pasos a seguir en cada momento.

Contáctanos