Testamento del uno para el otro
Un testamento conocido como “del uno para el otro”, se trata de una expresión jurídica, utilizada normalmente para hacer referencia a una modalidad de testamento, en la que dos personas, normalmente unidas por un vínculo afectivo (matrimonio o pareja), se designan mutuamente como herederos principales. Es decir, ambos acuerdan establecer en sus respectivos testamentos, que en caso de fallecimiento de cualquiera de ellos, la otra persona se constituirá heredero de la totalidad o la mayor parte de los bienes del otro, pero respetando siempre las legítimas si existen descendientes.
Esta figura jurídica, en nuestra cultura jurídica, no cuenta con respaldo normativo, no estando regulada expresamente en el Código Civil español.
No obstante, suele plasmarse en dos testamentos individuales, de manera que, normalmente los cónyuges, establecen disposiciones en el sentido descrito, respetando siempre los derechos de los herederos forzosos (como por ejemplo sus hijos, en caso de haberlos).
Sin embargo, hay ciertas comunidades autónomas con derecho civil propio, como por ejemplo Cataluña o el País Vasco, en cuyos códigos civiles forales, se regulan expresamente fórmulas para otorgar testamento de una manera similar a la descrita. Estas formas, encuentran una influencia directa en el derecho romano y las costumbres históricas locales de las citadas comunidades.
En conclusión, un “testamento del uno para el otro” es una modalidad en la que dos personas unidas normalmente por un vínculo afectivo, se nombran mutuamente herederos principales mediante testamentos individuales; de manera que al fallecer uno, el otro reciba la mayor parte o la totalidad de sus bienes siempre respetando los derechos legales de los herederos forzosos.
Preguntas frecuentes
¿En qué consiste exactamente?
En que cada miembro de la pareja hace su propio testamento y nombra heredero principal al otro, respetando las legítimas de hijos o padres.
¿Es válido en el derecho común?
Sí, siempre que se otorgue en testamentos separados. El testamento conjunto no está permitido en el Código Civil común.
¿Hace falta estar casados?
No necesariamente. También puede hacerse entre parejas de hecho, respetando las legítimas y la normativa aplicable.
¿Se puede proteger más al superviviente?
Sí, combinándolo con figuras como mejoras o usufructos, siempre dentro de los límites de la ley.
¿Qué ocurre si uno cambia su testamento?
Cada persona puede modificar su testamento cuando quiera; por eso conviene revisarlos y coordinarlos si cambian las circunstancias.