El certificado de últimas voluntades es el documento oficial que acredita si una persona fallecida otorgó testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario lo hizo. Es la primera pieza de cualquier herencia: sin él no sabes si hay testamento.
Índice
- Qué es el certificado de últimas voluntades
- Qué información contiene
- Qué no contiene
- Diferencia con el certificado de defunción y con el testamento
Qué es el certificado de últimas voluntades
Es una certificación que expide el Ministerio de Justicia a partir de los datos del Registro General de Actos de Última Voluntad, donde los notarios comunican cada testamento que autorizan.
Su función es muy concreta: decirte si hay testamento y dónde está. Con esa respuesta se sabe si la sucesión será testada (hay testamento) o intestada (hay que acudir a la declaración de herederos).
Qué información contiene
- Si el fallecido testó o si no consta ningún testamento a su nombre.
- La fecha de cada testamento que otorgó a lo largo de su vida.
- El notario autorizante y su localidad, para poder pedirle copia autorizada.
- El orden cronológico, que permite identificar el último testamento, que es el que prevalece y revoca a los anteriores.
Qué no contiene
- El contenido del testamento: ni una sola línea de lo que el fallecido dispuso.
- Los nombres de los herederos ni los legados ordenados.
- Los bienes, cuentas o deudas que integran la herencia.
Diferencia con el certificado de defunción y con el testamento
El certificado de defunción lo expide el Registro Civil y acredita un hecho: que la persona ha fallecido y cuándo. El de últimas voluntades acredita otra cosa distinta: si esa persona testó. Son complementarios y los dos se necesitan para poner en marcha la herencia.
Tampoco es el testamento. El certificado solo señala dónde está; para conocer la voluntad real del fallecido hace falta la copia autorizada que custodia el notario. Si lo que te planteas es ordenar tu propia sucesión, eso pertenece al terreno de hacer testamento; y si el testamento que aparece te genera dudas serias, la vía es la impugnación, con el apoyo de abogados de herencias.
El error más habitual es dar por hecho que «no había testamento» porque nadie lo encontró en casa. El certificado dice la verdad registral, y a veces aparece un testamento de hace veinte años que cambia por completo el reparto. Leemos ese documento antes de que la familia tome decisiones irreversibles.
Fuentes legales
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